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Chicago Law Firm

Visa de No-Inmigrante

Las visas para no-inmigrantes permiten a las empresas emplear trabajadores extranjeros en calidad temporaria. Esto les permite a esos individuos venir a los Estados Unidos para trabajar por un período establecido de tiempo antes de regresar a su país de origen, o de comenzar otro trabajo en un tercer país. La tabla siguiente muestra la mayor parte de las visas temporarias disponibles, así como los tipos de empleados para quienes están disponibles, y sus períodos de validez.

A-1 Embajadores, ministros gubernamentales, oficiales diplomáticos o consulares, y miembros de sus familias inmediatas. Válidas durante la duración de la visa siempre que el extranjero se mantenga en estatus.
A-2 Otros oficiales o empleados gubernamentales extranjeros y miembros de sus familias inmediatas. Válidas durante la duración de la visa siempre que el extranjero se mantenga en estatus.
A-3 Ayudantes, personal de servicio o empleados personales de las clases A-1/A-2, y miembros de sus familias inmediatas. Válidas durante la duración de la visa siempre que el extranjero se mantenga en estatus.
B-1 Visitantes temporarios por razones de negocios. 30 días inicialmente, extensiones de 6 meses.
E-1

Comerciantes de tratados, sus cónyuges e hijos.

2 años inicialmente, extensiones de 2 años.
E-2 Inversores de tratados, sus cónyuges e hijos. 2 años inicialmente, extensiones de 2 años.
E-3 Trabajadores especializados australianos, sus cónyuges e hijos. 2 años inicialmente, extensiones de 2 años.
G Representantes de gobiernos extranjeros reconocidos, de una organización internacional, su personal y miembros de su familia inmediata. Válidas durante la duración de la visa siempre que el extranjero se mantenga en estatus.
H-1B Ocupaciones especializadas en una materia que requiere conocimientos altamente especializados, modelos de mérito y habilidad distinguidas, o ciertos servicios de naturaleza excepcional en proyectos cooperativos y de desarrollo o co-producción del Departamento de Defensa de los Estados Unidos. 3 años inicialmente, extensiones de hasta 3 años, 6 años en total (extensiones adicionales son posibles con petición de inmigración pendiente).
H-1B1 Ciertos ciudadanos de Singapur y de Chile en ocupaciones especializadas, y miembros de su familia inmediata. 3 años inicialmente, extensiones de hasta 3 años, 6 años en total (extensiones adicionales son posibles si existe una petición de inmigración pendiente).
H-1C Enfermeros/enfermeras registrados en áreas de escasez de profesionales de la salud. 3 años en total,
sin extensiones.
H-2A Trabajadores agrícolas temporarios. 1 año inicialmente, extensiones de 1 año, 3 años en total.
H-2B Trabajadores temporarios prestando servicios no disponibles en los Estados Unidos. 1 año inicialmente, extensiones de 1 año, 3 años en total.
H-3 Trabajadores en entrenamiento o visitantes especiales de intercambio educacional. Hasta 2 años.
I Representantes de medios de comunicación extranjeros, sus cónyuges e hijos. Validez variada.
J Ciertos visitantes de intercambio. Validez variada.
L-1A Ejecutivos y personal gerencial y especializado transferidos a los Estados Unidos para continuar trabajando en una entidad de negocios internacional. 3 años inicialmente, extensiones de 2 años.
L-1B Personal especializado transferido a los Estados Unidos para continuar trabajando en una entidad de negocios internacional. 3 años inicialmente, extensiones de 2 años.
L-2 Cónyuges e hijos/hijas de L-1A y L-1B. 3 años inicialmente, extensiones de 2 años.
O Personas de habilidad extraordinaria en las ciencias, artes, educación, negocios o deportes, y sus familiares inmediatos. 3 años inicialmente, extensiones de 1 año.
P Atletas o artistas y sus familiares inmediatos. Validez variada.
Q-1 Visitantes de intercambio cultural internacional. Validez variada.
R Personas en ocupaciones religiosas y sus familiares inmediatos. 3 años inicialmente, extensión de 2 años,
5 años en total.
TN Profesionales canadienses o mexicanos que están incluídos en la lista de ocupaciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC o NAFTA) 1 año inicialmente, extensiones de 1 año.


Las diferentes visas tienen términos y condiciones diferentes. Algunas permiten que los familiares inmediatos trabajen en los Estados Unidos, otras no lo permiten. Algunas incluyen la exigencia de que la persona que recibe la visa regrese a su país de origen por un período determinado al finalizar su permanencia en los Estados Unidos.

Es importante consultar con un abogado para decidir qué tipo de visa es adecuado para una situación particular. Cuestiones tales como si un extranjero tiene “habilidad extraordinaria” o trabaja en una “ocupación especializada” pueden ser cruciales para el éxito de una petición. El proceso de solicitud toma varios meses, pero para muchas de estas visas está disponible el “Procesamiento Especial” (“Premium Processing”). El Procesamiento Especial por el USCIS significa que por un cargo adicional, el proceso es acelerado por el USCIS y una visa podría obtenerse en semanas solamente.

Los enlaces a la izquierda le brindarán más información acerca de áreas específicas del proceso de inmigración. Invitamos a usted a navegar por ellos, y a ponerse en contacto con nosotros para una consulta inicial gratuita acerca de su caso.

 

 

 




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